13 de enero de 2011

UN FALLO ABERRANTE, QUE ADEMÁS ATENTA CONTRA EL DERECHO A LA PROTESTA Y LA REIVINDICACIÓN LABORAL.

Los abogados del Partido Obrero (PO) apelaron el procesamiento de los cuatro luchadores ferroviarios

En el día de ayer, la defensa de Jorge Hospital, Omar Merino, Eduardo Belliboni y Miguel Morales, militantes de la agrupación “Causa Ferroviaria” y del PO, apeló la resolución del juez Armella que dispuso su procesamiento por “interrupción del servicio de transporte” y “extorsión”.

En su escrito, la Dra. Claudia Ferrero destaca la aberración política y jurídica del uso de la figura de “extorsión”, que el código penal asigna a delitos de carácter privado dirigidos a la obtención de ciertos beneficios materiales. La extensión de esa figura penal a las movilizaciones populares está en la esencia de la “criminalización” o “penalización” de la protesta social, que muchos de los actuales oficialistas solían repudiar, al menos de palabra. Pero en este caso, se trata de la criminalización de una acción obrera de carácter colectivo, o sea, de la destrucción del derecho de huelga. Por otra parte, la supuesta “extorsión” al estado residió en reclamar lo que el propio estado ya había concedido en la letra –a través de una resolución del Ministerio de Trabajo- e incumplido en los hechos; o sea, la reincorporación de los despedidos, su equiparación salarial y su pase a la planta permanente del ferrocarril.

El ataque jurídico se completa con la criminalización de los propios representantes o voceros de los tercerizados, por el hecho de serlo. Es así que, para el caso de Morales y Merino, como toda “prueba del delito” el juez presenta las evidencias de su participación … en las negociaciones realizadas en el Ministerio de Trabajo.

Como señala la Dra. Ferrero en su escrito, “Cualquier reclamo de cualquier trabajador que tenga por objetivo un incumplimiento estatal o empresarial, y cuyos delegados asistan a la necesaria reunión con quienes incumplen los acuerdos firmados, podría ser caracterizado como constitutiva de extorsión, si por el motivo que fuera los funcionarios o empresarios incumplen sus propias actas acuerdo”.

Ferrero señala que el juez, al carecer de pruebas para involucrar a los procesados en la supuesta extorsión, apela al llamado “delito de autor”, donde “el sujeto es perseguido por lo que se pretende que es, y no por lo que se hace”. En efecto, el juez alude a la pertenencia “al Partido o Polo Obrero” de los procesados, y en ello parece querer fundar los delitos que les imputa.

Dictado por el gobierno

El fallo del juez Armella reitera, de un modo grosero y superficial, las imputaciones de la ministra Garré y del secretario de Transporte, Schiavi, contra el PO. El aspecto más grave de esa reiteración es la alusión a los “hechos de Constitución” en el propio auto de procesamiento y, todavía más grave aún, la inclusión, como “prueba”, de un video que exhibe los desmanes en esa terminal de trenes. Pero ni en ese video, ni en ningún otro de los elementos probatorios acompañados, existe evidencia alguna de la participación de los cuatro procesados en esos desmanes, ni, por supuesto, de militante alguno del PO. El juez insiste en la amalgama caprichosa que realizó la ministra Garré en su conferencia de prensa del 27 de diciembre pasado. Pero en este caso, se sirve de “elementos probatorios” que no tienen ese carácter (que no prueban nada) para disponer procesamientos sobre luchadores obreros. Ni el gobierno, ni la fiscalía, ni el propio juez Armella, que sí “habilitó ferias” para procesar a los militantes ferroviarios del PO, tomaron la menor disposición para investigar los desmanes de Constitución y descubrir a sus responsables, donde se advierte, por aquello de a quién benefician esos desmanes, la mano inconfundible de la patota sindical y de sus barrabravas a sueldo.

Los denunciantes están denunciados

Pero no mencionamos aún el aspecto más grave del fallo de Armella, y de sus supuestos “elementos probatorios”. El denunciante de los cuatro procesados (la UGOFE), así como los policías que testimonian contra ellos, están, ellos mismos, denunciados en la causa por el crimen de Mariano Ferreyra. ¡Y sus denunciantes son, en persona, dos de los procesados! Nos referimos a Hospital y Merino. Por caso, no nos estamos refiriendo a “la policía que liberó Barracas”, sino a LOS policías denunciados, con nombre y apellido, por haber liberado la zona en la tarde del 20 de octubre de 2010.

Por eso, Ferrero entiende que las acusaciones de quienes se encuentran acusados, en uno u otro grado, por el asesinato de Mariano Ferreyra, son “ una clara venganza por los testimonios de ambos en dichas causas judiciales, no resultando para nada inocente que esto ocurriera al mismo tiempo que la Cámara de Apelaciones debía decidir sobre las excarcelaciones de los procesados en dicha causa”.

Por atacar el derecho de protesta sindicial o reivindicativa; por acompañar “pruebas” fraudulentas; por fundarse en “testimonios” de los cómplices de Pedraza, el fallo de Armella debe ser revocado de plano, y los cuatro luchadores ferroviarios desprocesados. La criminalización de los tercerizados no cae del cielo: es otra imposición del pacto mafioso que une a la UGOFE, al estado y a la burocracia sindical en la gestión del ferrocarril. Para preservar ese pacto, que se ha cobrado la vida de Mariano Ferreyra, sus implicados quieren transformar a las víctimas en culpables. Por eso, Merino, Hospital, Belliboni y Morales han sido procesados.

Llamamos a las organizaciones obreras y democráticas; a los abogados laboralistas y a sus organizaciones, y a todos los luchadores del país a repudiar el fallo contra los cuatro luchadores ferroviarios, y a exigir su inmediato desprocesamiento; ello, en defensa del derecho de huelga y de todas las acciones de carácter colectivo en defensa de las reivindicaciones populares.