27 de junio de 2013

Un triángulo criminal no reconocido: Los fundamentos del fallo por Mariano











Se acaban de conocer los extensos fundamentos de la sentencia que condenó -por el asesinato de Mariano Ferreyra y las tentativas de homicidio de Elsa Rodríguez, Nelson Aguirre y Ariel Pinto- a Pedraza, Fernández, Díaz y otros miembros de la patota, junto a los comisarios Mansilla y Ferreyra. Aunque los fundamentos mantienen la línea de la introducción esbozada por el presidente del tribunal cuando adelantó el fallo, se han soslayado del mismo varios puntos que fueron objeto de nuestra crítica -no en su fondo, pero sí en su forma.

La sentencia ignora la tesis del plan criminal integrado por tres patas: empresarios, funcionarios y burócratas, defendida por nuestra querella, a pesar de que en la introducción a la condena le habían dedicado varias frases sólo para polemizar con nosotros.

Por otro lado, el tribunal abandonó el intento de fundar la falta de dolo directo de los acusados (esto es que no le atribuyen la intención directa de buscar como resultado un muerto) para refugiarse en la más dura teoría del delito.

El fallo se esfuerza en mostrar la responsabilidad de los comisarios Mansilla y Ferreyra como partícipes necesarios del crimen. Pero, a la vez, le imprime a esa participación un carácter personal y, a lo sumo, lo atribuye a la proximidad de la División Roca de la policía con la Unión Ferroviaria y no a una respuesta institucional. Así, descartan de plano cualquier injerencia “política” sobre el accionar policial.

Por lo extenso del fallo, iremos señalando en las distintas semanas sus ítems más importantes.

El tribunal le dedica un capítulo a las amenazas existentes durante la instrucción y el proceso. Luego, analiza las tres premisas en que se fundaron la mayoría de las defensas: “1) que la autoconvocatoria fue espontánea; 2) que en el lugar nadie daba órdenes; 3) que creyeron que los tercerizados venían hacia ellos y que, por esa razón, descendieron para correrlos”.

Sin embargo, quedó demostrado que “existió organización en la convocatoria, existieron listados, existieron permisos y gestiones. Además, en el lugar de los hechos, Pablo Díaz llevó la voz cantante y esa verticalidad era notoria. Juan Carlos Fernández no hablaba con otro que no fuese él”.

Los jueces señalan que Díaz era la voz de la Unión Ferroviaria en el lugar, ante quien se “hacía ver”, con quién dialogaba “la policía” y, en definitiva, a quién obedecieron cuando los instó a atacar al grito de “bajen, cagones”.

Al tribunal no le queda duda sobre la existencia del tan mentado enfrentamiento esgrimido por las defensas: “Lo actuado fue un ataque del grupo de ferroviarios sobre la gente tercerizada y de los movimientos sociales que los acompañaban. Que el episodio haya sido un choque muy duro no lo transforma en un enfrentamiento, pues no debe descuidarse quién inicia la agresión física”.

Tras analizar las numerosas pruebas contra los tiradores Sánchez y Favale, y contra el ejecutor de las intenciones de la Unión Ferroviaria en el lugar -Pablo Díaz-, se pasa a analizar la responsabilidad de Fernández y Pedraza.

El triángulo criminal al desnudo

En el propio análisis del tribunal aparece el trípode de responsabilidades planteada por esta querella, que el juez Días dijo que no habíamos probado y luego el tribunal decidió ignorar.

Pero su propia reconstrucción de los hechos lo lleva a concluir que el hilo conductor de las comunicaciones, en aquellas horas, iba “de Schiavi a Pedraza, de Pedraza a Fernández, de Fernández a Díaz”. También se hace hincapié en que el congreso ferroviario que se desarrollaba en esas horas demoró su inicio, pues el secretario de Transporte “estaba arriba” con el secretario general de la UF.

Las comunicaciones de Pedraza con Schiavi siguieron al día siguiente de los hechos. Del amparo de los funcionarios a las estafas al Estado por parte de Pedraza tampoco quedan dudas. Lo mismo ocurre con el manejo de los fondos del Belgrano Cargas para alimentar un intento de soborno a la Cámara que debía decidir sobre la excarcelación de la patota. El tribunal pone de manifiesto lo que no quiere conceder a esta querella: que la defensa de la tercerización -con todas las consecuencias del caso- era un objetivo compartido por los funcionarios de la Secretaría de Transporte, la burocracia y las empresas.

Los fundamentos destacan que la empresa Ugofe descontó el día a los trabajadores que asistieron al corte de vías varias semanas después de los hechos; nunca había pasado en las salidas “gremiales” anteriores, a River y otros actos. “Es de toda evidencia, que la empresa quería tomar distancia de lo ocurrido y de la repercusión social negativa que había tenido este hecho”, concluyen.

A continuación, señalan que a Ugofe y la Unión Ferroviaria los unía el mismo interés económico en la defensa de la tercerización.

Sin embargo, el tribunal -que da cuenta de esta comunión económica de la empresa con la burocracia de Pedraza- no profundiza en su participación, a pesar de la presencia de los jefes de seguridad y de transporte de Ugofe en las vías, así como de las inexplicables evasivas de los miembros del “comité de crisis” para que explicaran sus concretas acciones el día de los hechos.

Próximamente continuaremos con el análisis del fallo del tribunal.

Claudia Ferrero (Apel)