4 de julio de 2013
Mariano Ferreyra: apelamos un fallo falaz
El 29 de julio presentaremos el recurso de apelación ante el Tribunal N° 21, sobre la sentencia dictada por el asesinato de nuestro compañero Mariano Ferreyra y las heridas de Elsa Rodríguez, Nelson Aguirre y Ariel Pinto.
Apelaremos la calificación penal, ya que las condenas del tribunal fueron por el delito de homicidio simple y no por homicidio agravado, como habían solicitado la fiscalía y las dos querellas. Los imputados fueron condenados a 15, 18, 10 y 8 años, de acuerdo al rol que tuvieron en el crimen.
También apelaremos las absoluciones de los miembros de la Unión Ferroviaria, Pérez y Uño, y la del subcomisario Garay, de la seccional 30ª, así como la resolución dictada respecto de los policías Lompizano, Echevarría, Conti y Villalba, a quienes se les imputó solamente incumplimiento de sus funciones, con una pena de dos años a los primeros y una multa al último.
Cuando se informaron las sentencias, el presidente del Tribunal criticó a nuestra querella, afirmando que no habíamos demostrado la existencia de un plan criminal tramado por funcionarios, empresarios y burócratas sindicales. Ahora, en los fundamentos escritos, ignoran esta crítica, lo cual es un proceder muy irregular, porque fue invocada para rechazar nuestro reclamo de cadena perpetua. Se percibe aquí una intencionalidad política, que consiste en ofrecer una caracterización a la opinión pública que siguió con atención el proceso, cuando aún no podíamos responder ni apelar, y otra distinta cuando esa atención se ha diluido y queda habilitada la fase de respuesta y apelación. En lugar de reforzar su calificación, el tribunal dedica unos párrafos de reconocimiento a nuestra labor. Precisamente por esto apelamos.
Efectivamente, los fundamentos de la sentencia, que ocupan dos mil páginas, admiten que la interpretación del ataque como un “aleccionamiento” -introducida por la doctora María del Carmen Verdú- permite comprender lo ocurrido.
“Los quisieron correr (¡pero a los tiros!), para que se vayan y no vuelvan nunca más”, dijo un imputado. “El ataque tenía que ser lo suficientemente fuerte para que estas personas desistan de volverlo a intentar en el futuro. Claramente, Pedraza, tenía razones (móviles), tanto económicas como políticas, como para apañar esta actitud de ‘sus muchachos’, y contaba con su segundo Fernández para la parte ejecutiva, quien tenía destinado en el lugar a Pablo Díaz”.
La muerte y la impunidad
La calificación de ataque “aleccionador” es, sin embargo, utilizada para abonar la tesis de que los asesinos no deseaban un muerto. Soslayan, así, nada menos que la existencia de por lo menos cuatro tiradores en el lugar de los hechos, y que toda la acción fue acompañada por expresiones como “a estos sucios de mierda hay que matarlos”, o las que dijeron cuando se retiraban (“un zurdo menos”).
El tribunal reitera la afirmación de que “no necesariamente con la muerte se alecciona, la mejor forma de aleccionamiento es el miedo, el que inmoviliza frente a la posibilidad de una pérdida. Esta última cuando es la vida, por el contrario, es generadora de reacciones, de vientos de cambio, de turbulencia. La acción pensada fue diseñada para conservar poder económico, gremial y político, no para perderlo. Está a la vista que con el homicidio de Ferreyra es mucho lo que todos se han perdido”. Estamos aquí ante una falacia gigantesca que hará anales en la historia del derecho: los jueces se ponen a “aleccionar” a los asesinos, post factum, sobre el mejor modo en que debían manejar sus intereses criminales y, a partir de esta ‘reinterpretación’ (arbitraria), construyen una arquitectura jurídica para dejar afuera al poder político, a los empresarios y a la policía, así como para reducir la pena a los miembros del aparato de Pedraza en forma extraordinaria. Estamos frente a la “Justicia Legítima” en plena operación. A la luz de estos fundamentos falaces, es claro que la condena (disminuida) a Pedraza y sus cómplices es un operativo para echar lastre frente a la enorme presión ejercida por una extraordinaria movilización política. Los Aníbal Fernández, los Schiavi, los Roggio, los jefes policiales han sido sobreseídos por este fallo.
Los perpetradores del crimen no sólo contaban con el certificado de impunidad, que los jueces han ignorado, el cual les ha sido dado por el poder y sus agentes a los delincuentes económicos y políticos a lo largo de la historia. Mataron bajo el amparo de Pedraza y Fernández y, a través de ellos, del entonces secretario de Transporte de la Nación, Juan Pablo Schiavi, con la complicidad de la patronal de Ugofe y el plan armado con la policía. Semejante acción sólo fue posible por su certeza de que en su carácter de socios de los funcionarios y de las empresas en la explotación ferroviaria, así como por la garantía del pleno apoyo del Estado a través de las fuerzas policiales, serían intocables -dado que ni siquiera llegarían a ser identificados. Los secuaces de Pedraza ni siquiera creían que se les reprocharía su accionar. Y no estaban equivocados: desde la Presidenta de la Nación hacia abajo, se encarnizaron en atacar a la víctima -y al partido político de la víctima- por el delito de estar en el lugar y momento equivocados. Pedraza y Fernández estaban seguros de su impunidad, y sus ‘muchachos’, de que aquéllos garantizaban la suya.
Lo que la ley establece para definir la existencia del homicidio agravado y la condena a perpetua no es la intención directa de matar, sino la premeditación del crimen con la participación de varias personas.
De ello, no queda ninguna duda. El tribunal ha violado la ley.
Claudia Ferrero (Apel)